Te mostramos los canales habilitados por la UIM para efectuar reclamos de aumento de productos

Hasta el 31 de marzo de 2021 rigen los precios máximos para los productos que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza. Ante aumento de productos podés reclamar en la UIM.

Te mostramos los canales habilitados por la UIM para efectuar reclamos

El Gobierno extendió hasta el próximo 31 de marzo el programa Precios Máximos que no incluye, por el momento, aumentos autorizados a los productos de alimentos y limpieza, entre otros rubros. La decisión fue confirmada a través de la Resolución 112/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Además, al igual que ocurrió las veces anteriores que se prorrogó esta medida, se intimó “a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización” de los artículos incluidos en este plan, a “incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión” durante este período.

El listado de precios máximos de referencia, pueden ser consultados a través del siguiente link: https://preciosmaximos.argentina.gob.ar/#/

 La medida incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y a los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo que cuenten con salón de ventas.

Lo mismo rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones, que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.

En caso de incumplimiento, la denuncia puede efectuarse on line desde la misma página, al mail: seclegallavalle@yahoo.com.ar, o por mensaje interno en las redes sociales del Municipio; o con el Asesor Legal, Dr. Gonzalo Magliolo (225 240-2177).

Quienes no cumplan con esta decisión serán sancionados, en el marco de la Ley 20.680 de Abastecimiento como del Código Penal respecto a prácticas especulativas (indisponibilidad manifiesta de mercadería y/o oferta de productos por encima de los precios máximos).

 

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